El dia de mañana, 30 de Abril (Dia del Niño), vence el plazo para que los contribuyentes personas fisicas (conocidas en otros paises como “personas naturales” o “individuales”) presenten su declaracion anual en materia de Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio 2007.
La presentacion de dicha declaracion puede hacerse en forma impresa o bien mediante envio electronico utilizando la CIEC Fortalecida o a traves de la Firma Electronica, mejor conocida como FIEL y anteriormente llamada FEA.
En relacion a este tema (¡y aprovechando el post!) cabe recordar que una controversia que se generaba al momento de realizar el calculo del impuesto anual era el relativo a la determinacion del subsidio acreditable, ya que el SAT traia (o mejor dicho trae) el criterio de que para efectos de determinar el subsidio acreditable es necesario “recalcular” el impuesto marginal para efectos de determinar dicho subsidio.

























