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Criterios Normativos 2008

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Ayer en la Web del SAT se publicaron los Criterios Normativos para 2008 donde se da a conocer el siguiente en materia del Impuesto al Valor Agregado:

Alimentos preparados para su consumo en el lugar de su enajenación.
Para efectos del artículo 2o. A, fracción I, último párrafo de la Ley del IVA, también se consideran alimentos preparados para su consumo en el lugar de su enajenación, los que resulten de la combinación de aquellos productos que, por sí solos y por su destino ordinario, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional, cuando queden a disposición del adquirente los instrumentos o utensilios necesarios para su cocción o calentamiento.

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