Andan muy dormidos... ahi les va un torito... Cual es su opinión sobre el siguiente caso?
Empresa mexicana paga regalías a una tasa del 2% sobre las ventas. Al elaborar el análisis PC, encuentras un rango intercuartil que va de 3% a 6%, por lo que es razonable concluir que no existe un problema de PT en México dado que la deducción es menor a la de mercado.
Tendría facultades la autoridad para determinar que las retenciones hechas por este pago al extranjero (con independencia de si aplicas o no tasas de Tratado) son incorrectas, y por consiguiente, hacer no deducible el 100% del pago?

