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Residentes en Región Fronteriza

Impuestos | Escrito por Fiscalito | Enviar este Articulo Enviar este Articulo | Imprimir Post

Como ya lo habiamos comentado anteriormente la Ley del IVA señala un trato preferencial para los actos o actividades que se realicen en zona fronteriza.

Al respecto la citada Ley señala 2 requisitos que se deben cumplir para poder aplicar la tasa del 11% (hasta 2009 fue del 10%) por lo que analizaremos el primero de ellos.

a) Que quienes realicen los actos o actividades por los que se deba pagar este impuesto residan en la region fronteriza …

De lo anterior se desprenden 2 criterios:

El primero, utilizado por algunas empresas, señala que las partes que intervienen en la operacion objeto del gravamen deben ser residentes en la citada región fronteriza para cumplir con el requisito que marca la ley y poder trasladar el IVA a la tasa del 11%.

Lo anterior deriva de que la redacción de la disposición, al referirse al contribuyente en plural, les lleva a pensar que se refiere a las 2 partes.

El segundo criterio señala que es quien realiza la actividad (sujeto juridico) quien debe ser residente de la zona fronteriza sin importar si su contraparte reside o no en la multicitada zona.

Recordemos que dado que el IVA es un impuesto indirecto el sujeto juridico es distinto del sujeto económico dado que quien tiene la obligación del traslado del impuesto no es quien lo paga.

Por lo anterior será el sujeto juridico, también sujeto del impuesto, quien deba de cumplir con los lineamientos que establece la Ley del IVA, indistintamente de que sea o no el sujeto económico para dicho impuesto.

Es decir, de la aplicación estricta de la Ley, según el articulo 5 del Codigo Fiscal de la Federación, quien realiza el acto o actividad por la que se deba pagar el impuesto es el sujeto juridico.

En conclusión; para cubrir el requisito de residencia en la región fronteriza, el residente en dicha región debe ser el sujeto juridico que es quien realiza los actos o actividades gravados por la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

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  • adancab
    Antes que nada saludos, y entrando en materia en el ultimo parrafo esta la respuesta a la duda de lorena y a continuacion lo cito

    ""El residente en dicha región debe ser el sujeto juridico que es quien realiza los actos o actividades gravados por la Ley del Impuesto al Valor Agregado""


    De lo anterior podemos decir lo siguiente:
    1.Los actos o actividades gravadas por la ley del iva son: Enajenacion,Arrendamiento,Prestacion de servicios

    2.-Por lo tanto quien enajena,arrienda( espero se escriba asi, lo investigare ja ja) o presta servicios y expide un comprobante por la venta, arrendamiento o la prestacion de servicios a su cliente. es el sujeto juridico (en otras palabras es el que factura)

  • Lorena
    Hola, no me queda claro quien es el sujeto juridico. El que factura? o el que paga?
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