Incluye un artículo transitorio que prorroga hasta el 1° de marzo de 2010 los efectos de la regla miscelánea en materia de IDE que otorga la opción a las instituciones del sistema financiero de considerar que el depósito corresponde al titular registrado de la cuenta, aun cuando dicho titular realice la comunicación por escrito correspondiente.
El 24 de julio el Colegio de Contadores Públicos de México publico el comunicado 84/2008-2009 del IMCP dirigido a los cuerpos directivos de sus colegios federados, en el que se da a conocer el acuerdo alcanzado con las autoridades del SAT donde se concede a los contribuyentes dictaminados una nueva prorroga para presentar el dictamen fiscal del ejercicio 2008 con fecha limite al 24 de agosto de 2009, de conformidad con el nuevo calendario que en breve se dará a conocer.
El pasado viernes se publico en la pagina del SAT el Anteproyecto de la Primera Resoluci贸n de Modificaciones a la Resoluci贸n Miscelanea Fiscal para 2009 y una de las reglas que m谩s llamo mi atenci贸n fue la II.2.8.11
Dicha regla otorga facilidades para no presentar informaci贸n en el dictamen fiscal de 2008 o bien diferir la presentaci贸n de algunos anexos y presentarla conjuntamente con la que corresponda al ejercicio 2009 en el formato gu铆a del dictamen del ejercicio 2009 que al efecto emita el SAT.
No obstante lo anterior, los contadores p煤blicos deber谩n manifestar en su informe sobre la revisi贸n de la situaci贸n fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisi贸n o incumplimiento a las disposiciones fiscales a que hacen referencia los cuestionarios de diagn贸stico fiscal y en materia de precios de transferencia, que se hayan detectado al examinar la situaci贸n fiscal del contribuyente dentro de las pruebas selectivas llevadas a cabo en cumplimiento de las normas y procedimientos de auditor铆a.
Los invito a consultar la publicaci贸n completa AC脕 y ahora solo hay que esperar su publicaci贸n en el Diario Oficial de la Federaci贸n.
Leyendo a mis amigos de Impuestum me entero acerca de la pr贸rroga en la presentaci贸n del Dictamen Fiscal聽 hasta el 4 de Agosto de 2009 conseguida por el IMCP ante las autoridades del SAT.
Asi tambi茅n se iniciaran de inmediato los trabajos conjuntos entre el SAT y el IMCP para conformar un nuevo dictamen fiscal en el SIPRED 2009, donde se consigan los objetivos del SAT, de los contribuyentes y de la Contadur铆a Publica.
Mediante el oficio n煤mero 09 90 01 9300/583 fechado el 17 de abril de 2009 y emitido por la Unidad de Fiscalizaci贸n y Cobranza del IMSS se dieron a conocer los criterios de aplicaci贸n del Decreto por el que se exime parcialmente del pago de cuotas patronales a que se refiere la Ley del Seguro Social, vigente de Marzo a Diciembre 2008, en aquellos casos en los que el patr贸n cumple con sus obligaciones en materia de seguridad social fuera de plazo pero de manera espont谩nea o bien cuando el patr贸n autodetermine y entere diferencias a su cargo.
Para gozar de la exenci贸n del 5% en el pago de cuotas obrero patronales el patr贸n debe cumplir con sus obligaciones en materia de seguridad social en tiempo y forma en el entendido de que a煤n y cuando lo haga fuera de los plazos legales deber谩 hacerlo de forma espont谩nea.
No se considera cumplimiento espontaneo cuando:
la omisi贸n ha sido detectada por el IMSS
el patr贸n se corrige despues de que se le notifica una orden de visita domiciliaria
la omisi贸n se corrige despues de los 15 dias siguientes a la presentaci贸n del dictamen del contador p煤blico.
Este beneficio no ser谩 aplicable por las diferencias de cuotas relativas a los periodos de Marzo a Diciembre 2008, que se autodeterminen y regularicen en forma espont谩nea a trav茅s de pagos complementarios, correcci贸n o dictamen.
La determinaci贸n y entero de las diferencias detectadas mediante Dictamen, se realizar谩 a traves del SUA sin considerar el 5% de descuento en las cuotas independientemente de que el patr贸n lo haya aplicado.
Continuando con las pr贸rrogas en dias pasados se dio a conocer un oficio en el que el Gerente de Fiscalizaci贸n del INFONAVIT emiti贸 una pr贸rroga para presentar el Dictamen para efectos del INFONAVIT 2007 sin que cause sanci贸n alguna.
La fecha de presentaci贸n de los dictamenes se determinar谩 considerando la primer letra del primer nombre del CPA que emitio el dictamen; esta pr贸rroga comprende del 20 de Abril al 29 de Mayo de 2009.
El pasado 20 de Febrero se publico en el DOF el Anexo 16 de la Cuarta Resoluci贸n de Modificaciones a la Resoluci贸n Miscel谩nea Fiscal 2008, el cual contiene el Instructivo para la presentaci贸n del Dictamen Fiscal 2008, el cual seg煤n el IMCP fue emitido en forma unilateral por el SAT sin consultar antes la opinion de la profesi贸n colegiada.