Jun
16

Anteproyecto de la Primera RMF 2009

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SATEl pasado viernes se publico en la pagina del SAT el Anteproyecto de la Primera Resoluci贸n de Modificaciones a la Resoluci贸n Miscelanea Fiscal para 2009 y una de las reglas que m谩s llamo mi atenci贸n fue la II.2.8.11

Dicha regla otorga facilidades para no presentar informaci贸n en el dictamen fiscal de 2008 o bien diferir la presentaci贸n de algunos anexos y presentarla conjuntamente con la que corresponda al ejercicio 2009 en el formato gu铆a del dictamen del ejercicio 2009 que al efecto emita el SAT.

No obstante lo anterior, los contadores p煤blicos deber谩n manifestar en su informe sobre la revisi贸n de la situaci贸n fiscal del contribuyente, en forma expresa, cualquier omisi贸n o incumplimiento a las disposiciones fiscales a que hacen referencia los cuestionarios de diagn贸stico fiscal y en materia de precios de transferencia, que se hayan detectado al examinar la situaci贸n fiscal del contribuyente dentro de las pruebas selectivas llevadas a cabo en cumplimiento de las normas y procedimientos de auditor铆a.

Los invito a consultar la publicaci贸n completa AC脕 y ahora solo hay que esperar su publicaci贸n en el Diario Oficial de la Federaci贸n.


Dic
30

Depositos en efectivo II

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Servicio de Administracion TributariaContinuando con el tema de los depositos en efectivo recibidos a través de  giros telegraficos, los cuales habia comentado que no son sujetos del Impuesto a los Depósitos en efectivo, les informo que el pasado 26 de diciembre se publico la Tercera Resolucion de Modificaciones a la Resolucion Miscelanea Fiscal para 2008.

Dentro de dicha resolucion se incluye (tal como ya se esperaba) una regla que preve que cuando a traves de servicios ofrecidos por organos descentralizados se reciban depositos en efectivo, como es el caso de TELECOMM, dichos organismos mandaran a los bancos la informacion necesaria para que estos realicen la retencion del IDE.

I.11.30. Para los efectos del artículo 1o. de la Ley del IDE, cuando a través de servicios ofrecidos por organismos públicos descentralizados se reciban cantidades en efectivo destinadas a cuentas abiertas en instituciones del sistema financiero a nombre de personas físicas o morales o a cuentas de terceros indicados por éstas, el organismo público de que se trate deberá proporcionar diariamente a las instituciones mencionadas la información necesaria para que éstas cumplan sus obligaciones en materia del IDE:

a) Número de cuenta del beneficiario final del depósito.
b) Fecha del depósito.
c) Monto del depósito.
d) Número de referencia o clave del depósito.
e) Identificación del depósito cuando se realice en efectivo.

Para consultar el texto completo de la tercera resolucion CLICK AQUI.


Hace algún tiempo comente que existia la posibilidad de no causar el Impuesto a los Depositos en Efectivo (IDE) mediante el uso de giros telegraficos y mas de uno respondio comentando que era evasión fiscal .

Parece que no saben diferenciar entre evasión y elusión; esta ultima legal, pues si algo no esta expresamente prohibido es tacitamente permitido.

Ayer recibi la revista FISCOACTUALIDADES que toca esta y otras situaciones en su articulo "PROBLEMÁTICAS en la aplicación del impuesto a los DEPÓSITOS en EFECTIVO" y he abierto un topico en los foros para conocer sus opiniones.

Problemas en la aplicación del IDE – Giros Telegraficos


Posteado por fiscalito | 2 Comentarios » #


Nov
12

Informe Tributario 3er Trimestre 2008

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El Servicio de Administracion Tributaria da a conocer su Informe Tributario y de Gestion 2008 correspondiente al tercer trimestre del año en curso del cual se desprenden algunos puntos dignos de comentar:

Contribuyentes.
En lo que va del año se sumaron al padrón 431 mil contribuyentes, para alcanzar un total de 23 millones 248 mil contribuyentes activos localizados; de los cuales 767 mil son personas morales, 8 millones 039 mil personas físicas y 14 millones 442 mil asalariados.

Costo de la recaudación y fiscalización.
Se invirtieron 0.0079 pesos por peso recaudado; en el mismo trimestre de 2007 se erogaron 0.0084 pesos, esto es, se logro una disminución en el costo de la recaudacion de 5.95%.

Por cada peso invertido en los actos de fiscalización se lograron recaudar 35.8 pesos.

Ingresos tributarios administrados por el SAT.
Incrementan 12.1% en términos reales respecto del mismo trimestre de 2007. El ingreso por el impuesto sobre la renta, considerando el impuesto al activo y el impuesto empresarial a tasa única, aumentó 11.6%; por el impuesto al valor agregado se incrementó 10% en términos reales.La recaudación del IDE (impuesto a los depósitos en efectivo) fue superior a lo estimado en la Ley de Ingresos en 6 mil 859.6 millones de pesos.
(m谩s…)


Oct
30

IDE; Impuesto a los Depositos en Efectivo

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Nuevamente mis amigos de Impuestum continuan subiendo, a su canal en youtube, videos explicativos en los que el contador Minimo de la Mora explica, en esta ocasion, un tema que aun sigue de moda; el Impuesto a los Depositos en Efectivo, mejor conocido como IDE.

YouTube Preview Image


Oct
22

Devolucion y compensacion del IDE

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El Servicio de Administracion Tributaria informa a los contribuyentes que ya se encuentra a su disposicion la nueva version 2.2 del programa electronico F3241, que entro en vigor el pasado 6 de octubre, el cual incluye mejoras que facilitan su uso.

Con esto, los contribuyentes ya pueden solicitar la devolucion de sus saldos a favor por concepto de IDE asi como presentar los avisos de compensacion del IDE utilizando los formatos 32 y 41respectivamente y sus anexos electronicos.

Es importante señalar que si se generaron archivos encriptados utilizando alguna version anterior y no los entrego al SAT antes del 3 de octubre es necesario que se vuelva a capturar la informacion y generar los archivos nuevamente utilizando la version 2.2 del programa ya que de lo contrario no los recibira el SAT.
(m谩s…)


Ago
26

Anteproyecto de la III Modificacion a la Miscelanea Fiscal 2008

El 12 de Agosto, en su pagina en internet, el SAT publico el Anteproyecto de lo que sera la Tercera resolucion de modificaciones a la Resolucion Miscelanea Fiscal para 2008 y su Anexo 7.

Dicha resolucion busca aclarar el tratamiento que habra de darsele al IDE que corresponda a Julio y Agosto (el cual sera recaudado en Agosto y Septiembre respectivamente), ya que al parecer algunos bancos siguen teniendo problemas para llevar a cabo la retencion de dicho impuesto.

Unico. Para los efectos de la regla I.11.28., respecto de los meses de agosto y septiembre de 2008, cuando por causas no imputables a los contribuyentes se recaude el IDE en forma extemporánea dentro de los primeros diez días del mes inmediato siguiente al mes de que se trate, se podrá considerar que dicho IDE fue efectivamente pagado en el mes al que corresponda el periodo de recaudación, siempre que la recaudación referida se incluya en la constancia mensual que acredite el entero del IDE correspondiente a dicho mes.

Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable al IDE recaudado por adquisiciones en efectivo de cheques de caja ni por depósitos a plazo cuyo monto individual exceda de $25,000.00.

Unico. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Recordemos que la regla I.11.28 señala que se podra considerar que el IDE del mes de que se trate fue pagado en dicho mes, aun cuando se recaude el dia habil siguiente al ultimo dia del mes y con la modificacion señalada en este anteproyecto se amplia el plazo "del dia habil siguiente" a "los primero diez dias del mes inmediadto siguiente" al mes de que se trate.
(m谩s…)