A partir del 1 de Enero entraron en vigor las reformas publicadas en el Periodico Oficial de Coahuila al Impuesto sobre Nominas destacando las modificaciones a los articulos 21 y 30 de la Ley de Hacienda del Estado de Coahuila que amplian la base de dicho impuesto al eliminarse muchas exenciones e incluirse como gravados los Servicios de Transporte y Comedor, las cuotas al IMSS e INFONAVIT, PTU asi como los Seguros de Gastos Medicos y de Vida, entre otros.
Para consultar la reforma completa click acá
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Continuando con las prórrogas en dias pasados se dio a conocer un oficio en el que el Gerente de Fiscalización del INFONAVIT emitió una prórroga para presentar el Dictamen para efectos del INFONAVIT 2007 sin que cause sanción alguna.
La fecha de presentación de los dictamenes se determinará considerando la primer letra del primer nombre del CPA que emitio el dictamen; esta prórroga comprende del 20 de Abril al 29 de Mayo de 2009.
El Infonavit presentó un nuevo programa para ayudar a los patrones que han tenido dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales en materia de vivienda a fin de que puedan regularizar sus adeudos.
Con este nuevo programa, la entidad condonará, por ejemplo, parte de los recargos y multas que hayan generado el incumplimiento de pagos pasados.
Los montos de la condonación dependerán del bimestre en el que no se hayan realizado los pagos y anunció que los pagos por recargos y adeudos pendientes podrán hacerse hasta en 48 parcialidades y que además podrán adecuarse a la capacidad de pago de los patrones o a los periodos en que las empresas reciben mayores ingresos.
Sugirió a los patrones acudir a sus oficinas para obtener más información sobre las nuevas facilidades que ha diseñado para que puedan regularizar sus adeudos pendientes.
Este anuncio complementa el programa de apoyos que anunció recientemente para que los trabajadores que han perdido su empleo o han visto caer sus ingresos por la crisis económica mundial, puedan reestructurar sus obligaciones financieras y seguir cumpliendo con ellas.
Gracias a un boletin que recibi del ICPNL vÃa correo electrónico me entero que el INFONAVIT ha emitido una tercer prorroga de 30 dias naturales para la presentacion del Dictamen INFONAVIT 2007 y que el dia de ayer salio la version 1.6 del SICOP SMART, la cual pueden bajar directamente de la pagina del ICPNL haciendo CLICK AQUI o bien ingresar a la pagina del SICOP en la sección de descargas.
El dia de ayer, el INFONAVIT emitio una segunda prorroga para la presentación del dictamen del INFONAVIT correspondiente al ejercicio 2007, debido a las adecuaciones tecnologicas que se han realizado al SICOP; dicha prorroga es por 30 dias naturales de acuerdo a lo siguiente:
a) Si la fecha para presentar el dictamen con la 1er prorroga ya venció esta prórroga iniciara a partir del día 13 de diciembre
b) Si la fecha para presentar el dictamen con la 1er prorroga aun no vence la nueva prórroga de 30 días iniciara al día siguiente del termino de dicho plazo ejemplo si el plazo vence el 27 de diciembre con la prorroga anterior a partir del 28 iniciara la nueva prórroga por lo cual vencerá el 27 de enero.
Considerando lo anterior se tienen 30 días más, sin embargo se entiende que los dos sistemas a utilizar están siendo modificados para un mejor funcionamiento por lo que si consideramos que están estableciendo como fecha de inicio de la segunda prorroga el día 13 de diciembre es de esperar que hasta ese día esten funcionando en forma adecuada los sistemas a utilizar para enviar el dictamen.
Mediante el oficio SGRF/GF/2903/08 fechado el dia de ayer, el Infonavit da a conocer una nueva versión del SICOP SMART para la presentación del Dictamen Voluntario (v 1.5) la cual incluye cambios que buscan hacer mas eficiente el proceso de envió y validación de los anexos del dictamen donde los procesos que mas se tardan por la cantidad de información pueden ser los anexos Individuales y el proceso de verificación de sumas.
Pueden consultar el Oficio en la pagina web del ICPNL o bien haciendo CLICK AQUI
Es cierto que el articulo 47 de la Ley del Infonavit, en su último parrafo señala que los trabajadores derechohabientes del Instituto (entiendase INFONAVIT) solo podrán recibir el otorgamiento de un crédito por parte de dicho organismo por una sola ocasión.
Sin embargo y pese a lo anterior, los trabajadores que hayan adquirido una vivienda mediante la modalidad de Apoyo Infonavit tienen el derecho de solicitar el otorgamiento de un crédito tradicional, ya que la limitación citada en el articulo 47 aplica unicamente para los créditos "tradicionales" que otorga el INFONAVIT.
Ahora bien, estos trabajadores podrán obtener su crédito tradicional siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: (más…)