El día de ayer, a través de su página en internet, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través del Segundo Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2019, la modificación a la regla 2.13.2. mediante la cual se otorga una prórroga para la presentación del dictamen fiscal (Prórroga SIPRED) extendiendo el plazo del 29 de julio al 12 de agosto de 2019.

Prórroga SIPRED

A través de la citada Resolución el SAT concede a los contribuyentes una prórroga para la presentación del dictamen fiscal correspondiente al 2018, así como de la demás información y documentación correspondiente, a más tardar el 12 de agosto de 2019.

De acuerdo con el anteproyecto publicado, el dictamen y la información se podrá presentar a más tardar el 12 de agosto del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate, siempre y cuando las contribuciones estén pagadas al 15 de julio de 2019 y esto quede reflejado en el anexo “Relación de contribuciones por pagar”.

En caso de no cumplir con este requisito, el dictamen se considerará extemporáneo.

Es importante precisar que dicha modificación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación sin embargo finalmente llegó la tan esperada Prórroga SIPRED

José de Jesús Pérez Lara
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