Como saben, el próximo 1 de noviembre entra en vigor el nuevo esquema de cancelación de CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) por lo cual me pareció conveniente compartirles esta compilación de tweets con aspectos básicos que no deben perder de vista.
Cancelación de CFDI: Aspectos a Considerar
Recuerden que aún y con la entrada en vigor del nuevo esquema de cancelación de CFDI, existen algunos casos en los cuales no se requiere notificar al contribuyente, en los cuales se podrá cancelar el CFDI sin necesidad de que el contribuyente receptor lo autorice.
— Fiscalito (@fiscalito) August 22, 2018
Los CFDI que podrán ser cancelados sin requerir autorización del receptor son:
— Fiscalito (@fiscalito) August 22, 2018
1. Los que amparen ingresos de hasta 5 mil pesos
2. De nómina
3. De egreso
4. De traslado
5. Emitidos en “Mis Cuentas”
6. De retenciones e información de pagos
…
…
— Fiscalito (@fiscalito) August 22, 2018
7. Expedidos a RIF’s
8. Que se cancelen dentro los 3 días siguientes a su emisión
9. Operaciones con público en general
10. Los recibidos por residentes en el extranjero
11. Los emitidos a través del adquirente y sector primario y
12. Los emitidos por el sistema financiero.
Los CFDI que aparezcan con status “No Cancelable” son aquellos que tengan al menos un documento relacionado vigente con lo cual, no se podrá solicitar su cancelación.
— Fiscalito (@fiscalito) August 22, 2018
Para que el status del documento cambien a “Cancelable” se deberán cancelar todos los documentos relacionados.
Si bien mediante buzón tributario se dará aviso de las solicitudes de cancelación, el proceso de cancelación se realizará a través del portal del @SATMX
— Fiscalito (@fiscalito) August 22, 2018
Recuerden que si reciben una solicitud de cancelación y no dan respuesta en 3 días, el CFDI será cancelado.
— Fiscalito (@fiscalito) August 22, 2018
Lo anterior solo será aplicable cuando se trate de la primera solicitud de cancelación.
Respecto del plazo de 3 días mencionado en el tweet anterior, de conformidad con la regla 2.7.1.38 de la RMF y el artículo 12 del CFF, se trata de días hábiles.
— Fiscalito (@fiscalito) August 22, 2018
Acerca del Autor
Administrador
Contador Público y Maestro en Impuestos con más de 20 años de experiencia profesional en posiciones de alta responsabilidad en áreas de Impuestos, Contraloría, Auditoria e Información Financiera en empresas de primera línea.
Con fuertes habilidades de análisis, resolución de problemas, motivación, productividad y gran capacidad para integrar equipos de trabajo enfocados a logro de resultados.