Impuestos en Brasil que gravan la produccion y los servicios

0

Impuestos en BrasilNo hay duda alguna que Brasil se ha convertido en el gigante de américa, los números lo demuestran, y parte de su crecimiento se ha basado en su política fiscal y recaudatoria, razón por la cual hoy vamos a comentar brevemente cuales son los impuestos en Brasil que gravan la actividad productiva y los servicios.

ICMS – Impuesto sobre la Circulación de Mercancías y prestación de Servicios.

Este impuesto, equivalente al IVA, en Brasil es de competencia estatal, por lo que varia de Estado en Estado.

Este impuesto incide sobre:

  1. Operaciones relativas a la circulación de mercancías, inclusive la venta de alimentos y bebidas en bares, restaurantes y establecimientos similares;
  2. Prestacion de servicios de transporte interestatal e intermunicipal, por cualquier vía, de personas, bienes, mercancías o valores;
  3. Prestacion de servicios de comunicación, por cualquier medio, inclusive la generación, la emisión, la recepción, la transmisión, la retransmisión, la repetición y la ampliación de comunicación de cualquier naturaleza;
  4. Aprovisionamiento de mercancías con prestación de servicios no comprendidos dentro de la competencia tributaria de los municipios;
  5. Aprovisionamiento de mercancías con prestación de servicios sujetos al impuesto sobre servicios, de competencia de los Municipios, cuando la ley lo establezca;
  6. Entrada de mercancías importadas del exterior, por personas físicas o empresas, aun cuando se trate de un bien destinado al consumo o al activo permanente del establecimiento;
  7. Servicios prestados en el exterior o cuya prestación se haya iniciado en el exterior;
  8. La entrada en el territorio del estado destinatario, de petróleo, incluso lubricantes y combustibles líquidos y gaseosos de el derivados, la energía eléctrica, cuando no este destinada a la comercialización o a la industrialización, derivadas de operaciones interestatales, cabiendo el impuesto al Estado donde este localizado el adquiriente.

IPI – Impuesto sobre productos Industrializados.

Este impuesto incide sobre los productos industrializados, nacionales y extranjeros, por lo que también deberá pagarse en la importación.

El campo de incidencia del impuesto abarca todos los productos, aunque sea a tasa cero, listados en la Tabla de incidencia del IPI (TIPI).

ISR – Impuesto sobre la Renta.

El impuesto sobre la renta es pagado por las personas físicas y por las empresas. Las empresas, por opción o por determinación legal, tributan bajo alguna de las siguientes formas:

  • Simple
  • Beneficios estimados.
  • Beneficios reales.
  • Beneficios comprobados.

La base de cálculo del impuesto en Brasil, determinada según la ley vigente en la fecha de ocurrencia del hecho generador, es la ganancia real , estimada o comprobada, correspondiente al periodo.

Como regla general, integran la base de calculo todos las ganancias y rendimientos de capital, cualquiera que sea la denominación que reciban, independientemente de la naturaleza, de la especie o de la existencia titulo o contrato por escrito, bastando con que se generen de un acto o negocio.

PIS – Programa de Integración Social.

Deben pagar el PIS, incluso las prestadoras de servicios, empresas públicas y sociedades mixtas, solo quedan exentas las microempresas y las pequeñas que tributan bajo el régimen federal simple.

La base de cálculo de la contribución es la totalidad de los ingresos obtenidos por la persona jurídica y la tasa es de 0.65% a 1.65% sobre los ingresos brutos o 1% sobre la nomina, en los casos de entidades sin fines de lucro.

COFINS – Contribución para el Financiamiento de la Seguridad Social.

Todas las empresas deben pagar este impuesto, excepto las microempresas y las pequeñas que tributan bajo el régimen federal simple.
La tasa general es de 3% o 7.6% en la modalidad no acumulativa. Para otras operaciones la tasa podría ser diferenciada.

ISS – Impuesto sobre Servicios.

Se trata de un impuesto municipal que tiene como hecho generador la prestación de una serie de servicios que constan en una lista complementaria, aunque estos no sean la actividad preponderante del prestador.

La tasa mínima es de 2%, sin embargo, algunos servicios pagan un impuesto menor, entre ellos dibujo técnico, desaduanamiento de mercancías y servicios de investigación.

José de Jesús Pérez Lara
Sígueme

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *